Recursos en extranjería

En el ámbito de extranjería, existen diversos recursos administrativos y judiciales que permiten impugnar las decisiones de la administración pública.

  1. Recurso de Alzada
    Este recurso se regula en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común. Se presenta ante el órgano superior jerárquico del que emitió la resolución, y puede interponerse contra actos administrativos que no agoten la vía administrativa, o aquellos que causen perjuicio irreparable o indefensión. El plazo para interponerlo es de un mes si el acto es expreso, o en cualquier momento después de los efectos del silencio administrativo en actos no expresos.

  2. Recurso de Reposición
    Regulado en los artículos 123 y 124 de la misma ley, este recurso se utiliza contra actos que ponen fin a la vía administrativa. Se presenta ante el mismo órgano que dictó la resolución, y tiene un plazo de un mes para interponerlo en actos expresos. Si no se resuelve en ese plazo, se entiende desestimado por silencio administrativo. Tras la resolución, la impugnación puede realizarse a través de un recurso contencioso-administrativo.

  3. Recurso Extraordinario de Revisión
    Este recurso se presenta contra actos firmes en vía administrativa cuando se han cometido errores materiales, se han presentado documentos esenciales que no fueron considerados, o cuando la resolución fue dictada por conductas punibles. El plazo para interponerlo es de 4 años para errores materiales, y de tres meses para otros casos desde la firmeza de la sentencia o la aparición de los documentos.

  4. Recurso Contencioso-Administrativo
    Este es un recurso jurisdiccional que no pertenece a la vía administrativa. Se presenta ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, y se utiliza para impugnar disposiciones generales, actos administrativos o actuaciones materiales que constituyan una vía de hecho. El plazo para presentar el recurso varía dependiendo de la actuación impugnada, siendo generalmente de dos meses desde la notificación del acto.

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